OPOSICIÓN CUERPO MAESTROS 2019


Documentos completos de convocatoria



| Turno libre | Adquisición de nuevas especialidades | Bolsas de aspirantes a interinidad |
Convocatoria de concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno libre, procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad: acceso al DOCM

| Turno de personas con discapacidad | Adquisición de nuevas especialidades | Bolsas de aspirantes a interinidad |
Convocatoria de concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno de personas con discapacidad, procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad: acceso al DOCM

Aspectos importantes


DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD y PROVINCIA DE EXÁMEN



DESARROLLO DE LA FASE DE OPOSICIÓN



Acto de presentación e inicio de las pruebas. 
  • Se confirmará definitivamente mediante publicación en el DOCM de la Resolución en la que se definirán la composición de las comisiones de selección y de los tribunales, la distribución de opositores por tribunal, las sedes donde se realizarán las pruebas, y los detalles sobre el inicio de la fase de oposición.
  • Dicha resolución se publicará previsiblemente, durante el mes de mayo.

Se prevé que el proceso comenzará el SABADO 22 DE JUNIO DE 2019 aunque es una estimación provisional.





















2. ESTOY en la BOLSA de trabajo ORDINARIA de MAESTROS en Castilla-La Mancha. Según la Orden 32/2018 por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, la bolsa de trabajo de Maestros, para la que se convoca oposición, es una bolsa única e independiente de la bolsa de trabajo de Maestros de especialidades anteriores a la LOGSE. 
  • Los aspirantes a interinidades que formen parte de la Bolsa de Trabajo Ordinaria del cuerpo de Maestros, cuerpo con bolsa única para la que se ha convocado procesos selectivos en Castilla-La Mancha, deberán presentarse al proceso selectivo convocado por cualquier Administración educativa en cualquier cuerpo y especialidad para permanecer en dichas bolsas. 
  • Se considera que un aspirante se ha presentado al proceso selectivo si se ha presentado al primer ejercicio de la primera prueba del mismo. 
  • En todo caso, deberán presentar solicitud de participación y pagar las tasas en el proceso selectivo convocado por la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para permanecer en la Bolsa de Trabajo Ordinaria del cuerpo de Maestros, así como adjuntar a las solicitudes los méritos para su baremación, en las condiciones reguladas en la convocatoria, debiendo figurar en las listas definitivas de admitidos en el proceso selectivo en Castilla-La Mancha. 
  • En el caso de presentarse en otra Comunidad Autónoma, además de aparecer en las listas definitivas de admitidos en el proceso de Castilla-La Mancha, para permanecer en la Bolsa de trabajo Ordinaria de CLM, se deberá solicitar al tribunal correspondiente de cualquier Comunidad Autónoma, certificado que justifique que el aspirante se ha presentado al proceso selectivo en esa Comunidad. Ese certificado se tiene que enviar por correo electrónico a la dirección de correo electrónico justificante.oposicion@jccm.es. 
  • La fecha límite de presentación será el 10/07/2019.

3. ESTOY en la BOLSA de trabajo EXTRAORDINARIA del cuerpo de MAESTROS, para la que se CONVOCA proceso selectivo en Castilla-La Mancha. Las Bolsas de Trabajo Extraordinarias decaen al convocarse Oposición. En este sentido, estos aspirantes están en la misma situación que aquellos que no forman parte de ninguna bolsa de trabajo: 
  • Para acceder a las Bolsas de Trabajo Ordinarias del cuerpo de Maestros, para la que se convoca proceso selectivo, tendrán que obtener una calificación igual o superior a cinco puntos en la Primera Prueba de la Fase de Oposición convocada por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 
  • Integrantes de una bolsa extraordinaria de especialidades convocadas, en caso de participar en los procesos selectivos y obtener una calificación inferior a cinco puntos en la Primera Prueba de la Fase de Oposición, se integrarán en la Bolsa de Trabajo de Reserva, ordenados exclusivamente por nota de Oposición. 
  • Estas bolsas de trabajo de reserva se utilizarán si se agotan las Bolsas de Trabajo Ordinarias. Integrantes de una bolsa de trabajo de reserva que sean nombrados en los procesos de asignación previos y durante el curso académico se integrarán en la bolsa ordinaria. 

4. ESTOY en una o varias BOLSAS de trabajo ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS de especialidades NO CONVOCADAS en Castilla-La Mancha. Las personas pertenecientes a las Bolsas de Trabajo Ordinarias de esas especialidades No Convocadas, deberán renovar su condición de aspirantes a interinidades en el proceso que se abra al final del curso escolar 2018/2019. Las personas pertenecientes a las Bolsas de Trabajo Extraordinarias de esas especialidades No Convocadas, permanecen en ellas sin tener que hacer nada en el proceso que se abra al final del curso para la renovación de la condición de aspirante a interinidad de las Bolsas Ordinarias. 

5. ESTOY en la BOLSA de trabajo ORDINARIA de MAESTROS DE ESPECIALIDADES ANTERIORES A LA LOGSE en Castilla-La Mancha. Según la Orden 32/2018 por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, la bolsa de trabajo de Maestros, para la que se convoca oposición, es una bolsa única e independiente de la bolsa de trabajo de Maestros de especialidades anteriores a la LOGSE. A ese respecto se aplicará lo estipulado en el punto anterior: integrantes de bolsas de especialidades de Maestros anteriores a la LOGSE para las que no se convoca proceso selectivo, no tienen la obligación de participar en estos procesos selectivos para seguir formando parte de dichas bolsas. Para permanecer en dichas bolsas sí que deberán renovar su condición de aspirantes a interinidades en el proceso que se abra al final del curso escolar 2018/2019.

6. Plazo de presentación de solicitudes. Del 13/2/2019 al 04/3/2019, ambos incluidos

7. Solicitud de participación. Se rellenará a través del Portal web de la Consejería de Educación de CLM www.educa.jccm.es 
  • 7.1. Para poder acceder a la solicitud es necesario disponer de las claves de acceso. 
    • a) Si el aspirante tiene la condición de funcionario interino docente de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha y ya está dado de alta en la Intranet del Portal de la Educación, no es necesario que se registre en esta web. En este caso para acceder a la solicitud electrónica utilizará su NIF y la contraseña que emplee para acceder a dicho Portal. 
    • b) Si el aspirante no dispone de claves, para poder acceder a la solicitud electrónica es necesario que se identifique mediante su NIF y la contraseña que elija tras el proceso de alta como “Usuario registrado” de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a través del Portal de la Educación. Para registrarse, el aspirante deberá seleccionar la opción de acceso mediante NIF y contraseña y pulsará en la pantalla siguiente sobre el botón “Registro”. 
  • 7.2. Con Usuario y Contraseña se accederá a la solicitud y se deberá: Rellenar la solicitud, adjuntar la documentación acreditativa de requisitos y méritos, rellenar los códigos de centros, pagar las tasas y registrar la solicitud para la especialidad para la que te quieres presentar en CLM, o para las especialidades en las que no te vas a presentar (te vas a presentar en otra Comunidad), pero que quieres seguir en sus Bolsas de Trabajo Ordinarias, si no obtuvieras plaza. 
DENTRO DE CADA SOLICITUD SE DEBERÁ:
  • A. DATOS PERSONALES: Confirmar o modificar los datos personales que la Consejería ya posea, o rellenarlos si no aparecen. 
  • B. AUTORIZACIONES: Autorizar a la administración a recabar, de oficio, determinados datos personales: 
    • Datos acreditativos de identidad 
    • Servicios prestados y datos de formación registrados en el Registro de Formación 
    • La comprobación de certificación negativa de delincuentes sexuales 
    • Datos relativos a la titulación, el grado de discapacidad y la condición de demandante de empleo En caso de marcar alguna de las casillas de desautorización, se deberán acreditar dichos datos. 
  • C. MÉRITOS: Consultar los méritos que constan en los registros de la administración, para comprobar su veracidad y completitud. Estarán en tres bloques: EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA FORMACIÓN ACADÉMICA OTROS MÉRITOS En cada bloque, el aspirante tiene que optar por: 
    • 1) “Acepta la documentación” significa que el aspirante no debe presentar documentación justificativa de los méritos de ese bloque y que se baremarán los méritos mostrados. 
    • 2) “Acepta y complementa la documentación significa que el aspirante acepta los méritos mostrados (respecto de los cuales no deberá aportar documentación alguna) y añade algún otro mérito nuevo (no mostrado) respecto del cual deberá aportar la correspondiente documentación justificativa conforme al baremo y dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación. Esta documentación podrá anexarse digitalmente a la solicitud. 
    • 3) “Rechaza la documentación” significa que el aspirante no está conforme con los méritos que le son mostrados (rechaza esa información), debiendo aportar, conforme al baremo y dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, toda la documentación justificativa de los méritos que pretenda hacer valer en la fase de concurso del proceso selectivo. Esta documentación podrá anexarse digitalmente a la solicitud. 
  • D. SOLICITUD DE DESTINOS para el curso 2019/2020 (fase de prácticas o interinidades). 
    • D.1 - Si obtienes plaza en el proceso selectivo, los destinos solicitados se utilizarán para asignarte un puesto como funcionario en prácticas. En este caso, solo optarás a vacantes ordinarias de jornada completa. Si no consignas suficientes destinos en tu solicitud, la Administración te asignará uno de oficio. Para esta asignación puedes seleccionar y ordenar centro a centro y/o por localidades y provincias. 
    • D.2 - Si no obtienes plaza, para la adjudicación centralizada regional previa al inicio de curso de vacantes de interinidad, si cumples los requisitos para formar parte de las bolsas de trabajo ordinarias o de reserva. En primer lugar, optarás a ser asignado en el proceso de Para esta asignación la Administración tendrá en cuenta el mismo listado de centros y/o localidades y/o provincias que hubieras elaborado por si eras nombrado funcionario en prácticas, pero en este caso, la aplicación informática también tendrá en cuenta las peticiones de jornadas parciales e itineranticas consignadas en el listado de códigos. 
    • D.3 – Si, como interino, no eres asignado en la adjudicación centralizada regional previa al inicio de curso, optarás posteriormente a las asignaciones periódicas de plaza durante el curso (sustituciones). En este caso, la Administración ya no tendrá en cuenta el listado pormenorizado de centros que se tiene en cuenta para la asignación previa al inicio de curso de vacantes. Para las asignaciones de sustituciones durante el curso tienes que consignar: 
      • i. Al menos una provincia en la que estás dispuesto a realizar sustituciones (estarás obligado a aceptar sustituciones en dicha o dichas provincias). 
      • ii. Tu preferencia para que, dentro de una asignación, te corresponda la sustitución más larga en cuanto a duración (F) o más cerca del domicilio de la solicitud (P). Para el caso de proximidad (P) debe ser un domicilio de Castilla-La Mancha. 
      • iii. Tu disponibilidad para ocupar jornadas parciales y plazas itinerantes. Esta selección afectará a todas las provincias de sustitución consignadas. iv. Tu preferencia por plazas bilingües se activa al registrar competencias lingüísticas en el apartado de la solicitud en el que se definen las titulaciones y competencias. Si registras alguna titulación en el apartado de competencias lingüísticas optarás a estas plazas y deberás aceptarlas en caso de que te sean adjudicadas.

E. REGISTRO DE LA SOLICITUD Puedes optar por registrar la solicitud de manera telemática o registrarla por los procedimientos clásicos, de manera presencial en registros de la administración o enviándolo por Correo. Si optas por registrar la solicitud de manera presencial podrás optar por adjuntar la documentación de requisitos y méritos por vías telemáticas, o bien, adjuntarla en formato papel junto a la solicitud 
  • E.1 Si optas por el REGISTRO TELEMÁTICO de la solicitud. 
    • 1) Subir a la plataforma los PDF con los escaneos de los documentos que precises añadir,si has optado, en el apartado de Méritos, por: “Acepta y complementa la documentación” o por “Rechaza la documentación”. Si has optado por “Acepta la documentación”, no tienes que subir ningún documento, ya que ya los posee la Administración. 
    • 2) Pagar las tasas a través de la pasarela de pago disponible en la propia aplicación. Si lo haces de forma telemática tendrás una bonificación del 10% y pagarás 37,46 €. 
    • 3) Registrar la solicitud tras hacer el pago de tasa. Graba y conserva el PDF que se genera como justificante de solicitud. 
    • 4) Comprueba que has registrado la solicitud y pagado las tasas. La solicitud registrada incluye un código numérico y una fecha de registro en la esquina superior derecha de todas las hojas. El pago de tasas a través de la pasarela de pago queda registrado en la solicitud, en su primera hoja, con códigos numéricos de autoliquidación, referencia y fecha de pago. 
  • E.2 Si optas por REGISTRO PRESENCIAL de la solicitud, pero subiendo a la Plataforma la documentación acreditativa de requisitos y méritos. 
    • 1) Subir a la plataforma los PDF con los escaneos de los documentos que precises añadir,si has optado, en el apartado de Méritos, por: “Acepta y complementa la documentación” o por “Rechaza la documentación”. Si has optado por “Acepta la documentación”, no tienes que subir ningún documento, ya que ya los posee la Administración. 
    • 2) Pagar las tasas. Utilizando el modelo 046 (admite tarjeta de crédito y otras formas de pago). En este caso 41,62 €. Concepto 1251: tasa por derecho examen oposiciones docentes. https://tributos.jccm.es/WebGreco/modelos/jsp/GreJspDistribucion.jsp?modelo=046_2012 Este documento debidamente cumplimentado y validado, podrá ser subido también a la plataforma. 
    • 3) Imprimir y firmar dos copias de la solicitud. 
    • 4) Registrar la solicitud presencialmente. El registro podrá realizarse en cualquiera de los siguientes lugares: Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes. 
      • Albacete: Avenida de la Estación, 2 CP 02001 
      • Ciudad Real: Avenida de Alarcos, 21 CP 13071 
      • Cuenca: Avenida de la República Argentina, 16 CP 16002 
      • Guadalajara: Calle Juan Bautista Topete, 1 CP 19071
      • Toledo: Avenida Europa, 26 CP 45003
      • En las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
      • Ante una oficina de Correos. En este caso se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. 
      • Los aspirantes que residan en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas correspondientes. La solicitud se dirigirá a la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de la provincia de gestión de la especialidad*. Ver en el apartado E.2 de este documento con los lugares de presentación. *(ver provincias de gestión en tabla en punto 1 de este documento) 
  • E.3 Si optas por la REGISTRO PRESENCIAL de la Solicitud, presentando todo en papel. 
    • 1) Fotocopiar los documentos que precises añadir, si has optado, en el apartado de Méritos, por: “Acepta y complementa la documentación” o por “Rechaza la documentación”. Si has optado por “Acepta la documentación”, no tienes que adjuntar ningún documento, ya que ya los posee la Administración. En el momento de la presentación de la solicitud llevar también los originales. 
    • 2) Pagar las tasas. Utilizando el modelo 046 (admite tarjeta de crédito y otras formas de pago). En este caso 41,62 €. Concepto 1251: tasa por derecho examen oposiciones docentes. https://tributos.jccm.es/WebGreco/modelos/jsp/GreJspDistribucion.jsp?modelo=046_2012 Imprimir este documento debidamente cumplimentado y validado y adjuntarlo a toda la documentación 
    • 3) Imprimir y firmar dos copias de la solicitud. 
    • 4) Registrar la solicitud presencialmente junto con toda la documentación, adjuntando a la solicitud toda la documentación acreditativa de méritos y requisitos necesarios, justificante de pago de tasas. El registro podrá relazarse en cualquiera de los siguientes lugares: Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes. 
      • Albacete: Avenida de la Estación, 2 CP 02001 
      • Ciudad Real: Avenida de Alarcos, 21 CP 13071 
      • Cuenca: Avenida de la República Argentina, 16 CP 16002 
      • Guadalajara: Calle Juan Bautista Topete, 1 CP 19071 
      • Toledo: Avenida Europa, 26 CP 45003 
      • En las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
      • Ante una oficina de Correos. En este caso se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. - Los aspirantes que residan en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas correspondientes. La solicitud se dirigirá a la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de la provincia de gestión de la especialidad*. Ver en el apartado E.2 de este documento con los lugares de presentación.
8. Listas provisionales y definitivas de Admitidos y Excluidos 
  • 8.1 Listas provisionales de Admitidos y Excluidos Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el plazo máximo de un mes, el listado provisional de admitidos y excluidos. El plazo de reclamaciones será de diez días hábiles. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección Provincial de Educación correspondiente a la provincia de gestión de la especialidad. No se podrán incorporar méritos no invocados en la solicitud. 
  • 8.2. Listas definitivas de Admitidos y Excluidos. Contra el listado definitivo de admitidos y excluidos se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes. 

9. Acto de presentación e inicio de las pruebas. Casi con total seguridad, la fecha de comienzo será el sábado 22 de junio del 2019. Se publicará en el Diario Oficial de CLM con aproximadamente un mes de antelación el lugar, día y hora del acto de presentación y del inicio de las pruebas. Una vez comenzadas las actuaciones ante el Tribunal, la publicación de los sucesivos llamamientos, ya no se publicarán en el Diario Oficial, sino que se publicarán en los locales donde se estén celebrando las pruebas, con dos días hábiles al menos de antelación. Cuando haya que ordenar a los aspirantes, se iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience con la letra “T”. En el supuesto que no exista, se iniciará por la letra “U” y así sucesivamente.

10. Fase de Oposición. Las pruebas son eliminatorias. Hay que obtener al menos un cinco en la primera prueba para acceder a la segunda. 
  • 10.1. Primera prueba. Parte A de la Primera Prueba: Desarrollo por escrito de un tema Desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre tres temas extraídos al azar del temario de la especialidad El tiempo de realización de la parte A de la Primera Prueba será de dos horas. Parte B de la Primera Prueba: Prueba práctica. Consistirá en una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte. Junto a la convocatoria de la Oposición, en el Anexo III, se han publicado sus características definitivas y duración para cada especialidad. 
  • 10.2. Calificaciones de la Primera Prueba. Publicación. Reclamaciones. Ambas partes se califican de 0 a 10. La calificación global de la primera prueba se calculará de la siguiente manera: (0,4 x Nota Parte A) + (0,6 x Nota Parte B). 
    • Para superar la Primera Prueba hay que obtener una calificación igual o mayor a 5 y además hay que obtener mínimo un 2,5 en cada una de las dos partes. 
    • Los Tribunales publicarán en su sede las calificaciones otorgadas en la Primera Prueba. 
    • Contra esta puntuación los aspirantes podrán presentar reclamación dirigida al propio Tribunal en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. 
    • Estas reclamaciones deberán ser registradas en las Direcciones Provinciales preferentemente. 
    • Las reclamaciones serán examinadas por el Tribunal y contestadas por escrito. Contra la puntuación definitiva cabe Recurso de Alzada en el plazo de un mes. 
  • 10.3. Llamamientos para la Segunda Prueba. El mismo día de publicación de las calificacionestambién se publicarán los llamamientos, estableciendo fecha y hora para cada aspirante, para la realización de la Segunda Prueba.
  • 10.4. Segunda Prueba. Accederán a la Segunda Prueba aquellos aspirantes que hayan superado la Primera Prueba. 
    • Las dos partes que componen la Segunda prueba se realizarán el mismo día. 
    • El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la Unidad que le haya tocado y de otra hora para la defensa de la Programación y exposición de la Unidad. Se empieza por la defensa de la Programación, máximo 30 minutos con ella, y el tiempo restante hasta la hora, se continúa con la exposición de la Unidad Parte A de la Segunda Prueba: Defensa de una Programación Didáctica. La Programación Didáctica se tendrá que entregar el día marcado en dicho llamamiento para cada aspirante que haya superado la primera prueba. 
    • El formato y contenidos que debe cumplir la programación didáctica se publicarán de forma definitiva en la convocatoria. Parte B de la Segunda Prueba: Preparación y exposición de una Unidad Didáctica. 
    • El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la Unidad (podrá usar el material que considere que tiene que aportar el mismo). 
    • La Unidad podrá estar relacionada con la Programación Didáctica presentada o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá entre una Unidad de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación. 
    • En el segundo caso, el aspirante elegirá en una Unidad de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, el temario oficial de la especialidad. 
    • Para la exposición de la Unidad el aspirante podrá disponer de un guion que no excederá de un folio y que entregará al Tribunal al término de ella. 10.5. Calificaciones de la Segunda Prueba y listado de aspirantes que superan la Fase de Oposición. Publicación. Reclamaciones. 
    • La Segunda Prueba se puntúa globalmente de 0 a 10 puntos. Se supera esta prueba con puntuación mayor o igual a 5 La Fase de Oposición se califica con la media aritmética de las dos pruebas. En ambas hay que tener al menos un cinco para superar la Fase de Oposición. 
    • Los Tribunales publicarán en su sede las calificaciones otorgadas en la Segunda Prueba y el listado de aspirantes que superan la Fase de Oposición. Contra esta puntuación los aspirantes podrán presentar reclamación ante el propio Tribunal en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Las reclamaciones serán examinadas por el Tribunal y contestadas por escrito.

11. Fase de Concurso. La puntuación máxima del baremo será de 10 puntos. Se pueden obtener puntos por los siguientes apartados: 
  • Experiencia docente previa (máximo 7 puntos). El máximo se obtiene con diez años de experiencia en centros públicos. 
  • Formación académica (máximo 5 puntos). 
    • Expediente académico del título alegado. 
      • Escala de 10: de 5,5 hasta 6,5 
      • Escala de 0 a 4: de 1,000 hasta 1,5 0,5 puntos 
      • Escala de 10: más de 6,5 hasta 7,99 
      • Escala de 0 a 4: más de 1,5 hasta 2,33 1 punto 
      • Escala de 10: más de 7,99 hasta 10 
      • Escala de 0 a 4: más de 2,33 hasta 4 1,5 puntos 
    • Postgrados, Doctorado y Premios Extraordinarios (ver anexoII de la convocatoria convocatoria y resumen del baremo al final de este documento). o Otros títulos universitarios (ver anexoII de la convocatoria y resumen del baremo al final de este documento).
    • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica (ver anexo IA a la convocatoria). 
  • Otros méritos (máximo 2 puntos). 
    • Formación permanente (máximo 2 puntos). (Ver anexo IA a la convocatoria) o Exclusivamente para la especialidad de Educación Física. (Ver anexo IA a la convocatoria)
11.1. Baremo Provisional. En la fecha que determine la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, las puntuaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso se publicarán en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en Internet, en la página web del Portal de la Educación (www.educa.jccm.es) y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, pudiendo los interesados presentar contra las mismas, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación, escrito de reclamación dirigido a la Dirección Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la provincia de gestión de especialidad. 

11.2. Baremo Definitivo. Las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso se publicarán en los mismos lugares donde se publicaron las puntuaciones provisionales, en la fecha que se determine por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa. Contra estas puntuaciones cabe Recurso de Alzada en el plazo de un mes

12. Resolución final Concurso-Oposición. Las Comisiones de Selección (Tribunales número 1), una vez recibidas las puntuaciones otorgadas por los Tribunales, agregarán a los candidatos que hayan superado la fase de oposición las puntuaciones de la fase de concurso. La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será del 60% para la fase de oposición y del 40% para la fase de concurso. 
  • Resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas aquellos aspirantes que, una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número de orden igual o menor que el número total de plazas convocadas en el correspondiente Cuerpo y especialidad por la que hayan participado. 
  • En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de aspirantes que han superado el concurso-oposición, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Dirección Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la provincia de gestión de especialidad, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes: 
    • a) Original del título alegado. 
    • b) Declaración jurada de no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. c) Certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales. Quienes hayan autorizado a la Administración a recabarla de oficio en la solicitud, no tendrán que presentarla).
13. Configuración de Bolsas de Trabajo ORDINARIAS y de RESERVA de las especialidades CONVOCADAS. La información detallada la tienes en nuestra web: https://educacion.fespugtclm.es/nueva-ordenreguladora-de-las-bolsas-de-trabajo-docentes/ 

13.1. Bolsas de Trabajo Ordinarias. Las compondrán las personas que no han obtenido plaza en el proceso selectivo y que ya formaban parte de las Bolsas de Trabajo Ordinarias, más las personas que no formaban parte de las mismas, pero han obtenido más de un cinco en la Primera Prueba de la Fase de Oposición en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Se ordenarán siguiendo el siguiente sistema general:
  • Máximo 10 puntos 
    • 1. Experiencia docente previa. Hasta 4,5 puntos. 
    • 2. Nota final obtenida en la fase de oposición de la especialidad correspondiente. Hasta 4,5 puntos. 
      • 2.1. Por superar la fase de oposición: 0,75 puntos, 
      • 2.2. Por superar la fase de oposición con una nota igual o superior a 6: + 0,25 puntos. 
      • 2.3. Por superar la fase de oposición con una nota igual o superior a 7: + 0,5 puntos 
      • A estos efectos, se considerará de oficio la mejor nota obtenida los últimos 4 procesos selectivos convocados en CLM, desde el 01/01/2010. 
      • En el caso de que se trate de especialidades no convocadas con posterioridad a esa fecha, podrá utilizarse la nota final obtenida en la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior al 01/01/2010. 
      • En ningún caso podrán hacer valer la nota obtenida en otra Administración Educativa para ser rebaremados en las bolsas de Castilla-La Mancha, excepto aquellos opositores y opositoras que lo hicieron en las convocatorias realizadas entre el 2013 y el 2016. 
    • 3. Formación y otros méritos. Hasta 2 puntos. 
      • 3.1. Formación académica (expediente académico y otras titulaciones). Se considerarán los puntos obtenidos en este apartado en el baremo de la fase de oposición. Hasta 2 puntos. 
      • 3.2. Formación permanente y otros méritos. Se considerarán los puntos obtenidos en este apartado en el baremo de la fase de oposición. Hasta 2 puntos.

13.2. Bolsas de Trabajo de Reserva. Las compondrán aquellos aspirantes que no estuvieran ya en la bolsa ordinaria y, habiendo participado en el proceso selectivo, obtuvieron una calificación inferior a 5 puntos en la primera prueba. Se situarán a continuación de las bolsas ordinarias y ordenando a los aspirantes exclusivamente bajo el criterio de la nota obtenida en la Primera Prueba de la Fase de Oposición. NOTA: El proceso de solicitud y adjudicación de destinos de interinidades está detallado en este documento en el apartado “7.2.D. SOLICITUD DE DESTINOS para el curso 2018/2019 (fase de prácticas o interinidades)”.


14. Configuración de Bolsas de Trabajo ORDINARIAS y EXTRAORDINARIAS de las especialidades NO CONVOCADAS. Las personas pertenecientes a las Bolsas de Trabajo Ordinarias de esas especialidades No Convocadas, deberán renovar su condición de aspirantes a interinidades en el proceso que se abra al final del curso escolar 2018/2019, manteniéndose el orden actual en dichas Bolsas. Las personas pertenecientes a las Bolsas de Trabajo Extraordinarias de esas especialidades No Convocadas, permanecen en ellas sin tener que hacer nada en el proceso que se abra al final del curso para la renovación de la condición de aspirante a interinidad de las Bolsas Ordinarias, manteniéndose el orden actual en dichas Bolsas.












Comentarios

Entradas populares de este blog

NOMBRAMIENTO JEFE DEPARTAMENTOS IES

INFORMACIÓN PARA FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS

PERMISOS Y VACACIONES ENSEÑANZA PRIVADA