COBRO VERANOS INTERINOS MADRID - CLM


INFORMACIÓN MADRID


LOS TRIBUNALES DAN LA RAZÓN A UGT AL ESTIMAR LA EXTENSIÓN DE EFECTOS DEL PAGO DE VERANO A LOS INTERINOS

UGT solicitó la extensión de efectos de sentencia del juzgado nº 11 que reconocía el cobro y demás derechos administrativos de funcionarios docentes interinos los meses de julio, agosto y la parte proporcional de septiembre. 

La asesoría jurídica de UGT procedió a solicitar en torno a 180 extensiones de efectos. 

A fecha de hoy, se nos comunican los fallos estimatorios de los ocho primeros autos. Cabe reseñar que: 
  • Estima el derecho de los funcionarios interinos a percibir las retribuciones correspondientes a los cuatro años anteriores a la solicitud de extensión de efectos, 
    • lo que significa que, a todos los interinos solicitantes que cumplan los requisitos de haber realizado servicios previos durante cursos completos, les reconocen el cobro y los derechos administrativos de los meses de julio, agosto y la parte proporcional de septiembre de los años 2014, 2015 y 2016. 
  • Abre la posibilidad de que, si a algún solicitante no le fueron abonados los meses de verano de 2017 y prestó servicios el curso completo (a falta de algún día de los que estipulaba el Acuerdo) le sea abonado de igual manera. 

No obstante, y aunque los autos son susceptibles de recurso de apelación, que ha de presentarse en el plazo de 15 días, los autos que estiman las extensiones de efectos tienen el mismo régimen de recursos que la sentencia de la cual se solicitó sus efectos, por lo que al haber inadmitido el TSJ la apelación de la sentencia inicial, lo razonable es que también inadmita el recurso de apelación a los autos que estamos ganando. UGT con los docentes.




Como sabéis, UGT ha llevado a cabo la reclamación del cobro de los veranos por parte de los funcionarios interinos, de los cursos 13/14, 14/15 y 15/16 por la vía de la extensión de efectos. El juzgado correspondiente había suspendido la tramitación en tanto en cuanto no tuviera respuesta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En este momento, producida la misma, el Juzgado está procediendo a la admisión a trámite de las reclamaciones de extensión de efectos.

Algunos de vosotros ya habréis sido informados por el gabinete jurídico para llevar a cabo el procedimiento de otorgamiento del apud acta en el Juzgado y, en días sucesivos, seréis avisados TODOS AQUUELLOS QUE YA HABÉIS PRESENTADO RECLAMACIÓN.

La sentencia dictada por el Juzgado nº 11 de Contencioso-Administrativo en materia de reconocimiento de derechos y abono de los salarios de julio, agosto y días proporcionales de septiembre a un funcionario interino docente abre las puertas a la posibilidad de petición de extensión de reclamación por parte los trabajadores que así lo deseen.

La importancia del reconocimiento de estos derechos estriba en tres aspectos:
  • El abono de las cantidades que debieran percibirse, en concepto de salario por los meses de julio, agosto y días proporcionales de septiembre, en función de las diferentes casuísticas, de los cursos 2013/14, 2014/15 y 2015/16, en el supuesto de que se hayan cobrado los correspondientes a 2016/17. 
    • Hay que tener en cuenta, por supuesto, que el abono de dichas cantidades supone la devolución de lo percibido en concepto de las prestaciones por desempleo de esos meses. 
  • El reconocimiento de dichos períodos como antigüedad. 
  • La disposición de esos períodos como “paro” no consumido. 
Los afiliados/as podéis tramitar la solicitud a través de: 
  • Vuestro delegado/a sindical. 
  • En nuestra sede (c/ Buen Suceso, 19, 6ª planta). 
  • A través del correo electrónico, en pdf, indicando en el cuerpo del correo “EXTENSIÓN DE SENTENCIA, a: fesp.edpublica@madrid.ugt.org. No se puede enviar por whatsapp ni mediante foto. 

Para ello deberéis aportar la siguiente documentación, en copia, no originales: 
  • Formulario de aceptación de las condiciones del gabinete jurídico (se enviará previa solicitud de servicios de dicho gabinete por email, en el caso de tramitarlo por correo electrónico). 
  • Hoja de servicios o copias de los nombramientos y ceses de los cursos afectados. 
  • Última nómina de cada uno de los años que reclamemos. 
Para cualquier otra información podéis poneros en contacto con nosotros en los teléfonos: 91.589.74.85 ó 91.387.92.35


UGT valora positivamente este nuevo reconocimiento de derechos a los funcionarios interinos, que deriva de la sentencia dictada por el Juzgado de Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid y que significa un avance en el respeto al principio de no discriminación entre funcionarios fijos e interinos y pretende establecer un marco para evitar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada. Derechos que nuestro sindicato ha venido defendiendo a lo largo de su historia.

UGT está valorando las repercusiones que la presente sentencia pueda tener para el resto de los trabajadores, por cuanto la misma indica que solo reconoce “la situación jurídica individualizada”, por lo que en cuanto nuestro Gabinete Jurídico haya realizado su análisis, procederemos a comunicaros los posibles mecanismos de actuación para, en su caso, proceder a las actuaciones legales oportunas.

Un saludo ugetista.

1.- En primer lugar, aunque valoramos el contenido de la sentencia, en la línea de la defensa que permanentemente hace nuestro sindicato, el Sector de Enseñanza de FeSP UGT, por cuanto se defiende la igualdad de condiciones económicas y laborales de los funcionarios interinos, es necesario señalar lo siguiente:

¡¡¡No se deben crear falsas expectativas!!!

La sentencia es recurrible por la Consejería de Educación en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por lo que no es firme ni aplicable en el momento actual.

¡¡¡No se puede solicitar extensión de efectos de la sentencia!!!


2.- En el supuesto que se declare su firmeza, si no prosperase el recurso, las reclamaciones podrán realizarse de los últimos cuatro años, los anteriores estarían prescritos, siempre que se trate de trabajadores con igualdad de condiciones entre la situación de los interinos reclamantes y el que fue objeto de la sentencia.


3.- Enseñanza de UGT dará información permanente de la resolución final del recurso, facilitando a sus afiliados el modelo correspondiente para iniciar las reclamaciones, cuando proceda.


Madrid a 26 de junio de 2017


INFORMACIÓN CASTILLA - LA MANCHA


2. ¿Qué ha dictaminado realmente el Supremo? 
  • El Tribunal Supremo considera ilegal que los profesores interinos que son contratados en septiembre para ejercer durante todo el curso escolar sean cesados el 30 de junio y no se les pague los meses de julio y agosto. 
    • UGT siempre ha considerado que estos despidos eran inaceptables e ilegales y esta sentencia por fin nos da la razón. 
  • En la sentencia, los jueces precisan que su decisión solo afecta a los profesores que son despedidos en junio y vuelven a ser contratados en septiembre para trabajar todo el curso escolar, pero no a los que son nombrados cuando el curso ya ha empezado y periodos inferiores a la duración de este para cubrir una necesidad “ocasional y transitoria”. 
  • Los magistrados recuerdan también algunos de los perjuicios que supone este tipo de contratos para los afectados, como la privación de retribuciones en los meses de julio y agosto, la disminución proporcional del número de días de vacaciones retribuidas, así como la incidencia en la cotización a la Seguridad Social y las consecuencias derivadas de ellas. 
    • La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Segundo Menéndez Pérez, explica que la desigualdad de trato en este proceso no está justificada por razones objetivas y añade que las consideraciones de índole presupuestaria no justifican la aplicación de una normativa nacional que conduce a una diferencia de trato en detrimento de los trabajadores con contrato de duración determinada. 

3. ¿Cómo te aconsejamos proceder ante esta situación? En Castilla-La Mancha, los cursos en los que se produjeron los despidos de todos los docentes interinos en verano fueron: 12/13, 13/14, 14/15, 15/16 y 16/17. 
  • Si en alguno de los últimos cursos, donde se han aplicado estos despidos ilegales, fuiste contratado para todo el curso, te despidieron en verano y te volvieron a contratar en el curso siguiente, UGT considera que esta situación debe de ser recurrida ese despido a la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha. PONTE EN CONTACTO CON EL SINDICATO Y TE ASESORAREMOS JURÍDICAMENTE. 
  • Desde UGT Enseñanza CLM también consideramos que hay situaciones que se asemejan muchísimo a lo descrito por la sentencia y que también son objeto de recurso. 
    • Interinos contratados durante el mes de septiembre, pero que ocupan una plaza que no es de sustitución, que es de vacante para todo el curso concedida más tarde del 1 de septiembre por: nuevos grupos concedidos, ampliaciones de cupo, bajada de 21 horas lectivas a 20 en Enseñanzas Medias, etc. 

4. ¿Y en el resto de casos? ¿No puedo reclamar el cobro de los veranos? 
  • Desde UGT Enseñanza CLM pedimos a la Consejería de Educación que, independientemente de esta sentencia del Supremo, se pague el verano a todos aquellos interinos que trabajen más de cinco meses y medio durante el curso escolar, respetando el acuerdo que firmó UGT con el Ministerio en el año 94. 
  • El cobro del verano por haber trabajado cinco meses y medio no está regulado en legislación básica, sino que se consiguió mediante la lucha sindical y se registró en un Acuerdo. 
    • Desgraciadamente, ese Acuerdo lo invalidó en el año 2012 la Administración, en la época de los recortes de Cospedal, utilizando la Ley de Medidas Complementarias. 
    • Por lo tanto, recuperar el cobro del verano para todos aquellos interinos docentes que trabajen más de cinco meses y medio durante el curso escolar, se conseguirá a través de la lucha sindical, como ya estamos poco a poco recuperando en otras Comunidades. 
  • En definitiva, esta sentencia del Tribunal Supremo no da cobertura para reclamar por vía judicial el pago del verano con cinco meses y medio. 
  • Sí que os animamos a que reclaméis por escrito, vía Expone/Solicita, a la Consejería de Educación de CLM, el cobro del verano todos aquellos interinos docentes que habéis trabajado más de cinco meses y medio durante el curso escolar, ya que esto puede en un futuro abrir la vía de los recursos judiciales y utilizarlo como medida de presión en el ámbito de la negociación sindical. PONTE EN CONTACTO CON EL SINDICATO Y TE ASESORAREMOS JURÍDICAMENTE

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