INFORMACIÓN PARA FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS


El Diario Oficial de Castilla - La Mancha, de fecha 5 de septiembre, publica la Resolución de 3 de septiembre por la que se regula la fase de prácticas de los opositores que han superado la fase de concurso - oposición.

La base undécima de la convocatoria de oposiciones establece lo siguiente:

Undécima. Fase de prácticas. 59. 
  • La fase de prácticas tuteladas, que forma parte del procedimiento selectivo, tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los aspirantes seleccionados y su duración será de seis meses. Su desarrollo será regulado por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa. 
  • Se constituirán comisiones calificadoras de la fase de prácticas, que programarán las actividades de inserción en el centro y de formación, que deberán realizar los candidatos. 
  • Su composición se determinará en la resolución que regule la fase de prácticas. 
  • El candidato será tutelado, en esta fase, por un profesor designado por la comisión calificadora correspondiente. 
    • Asimismo, estas comisiones serán las encargadas, con arreglo a los criterios que establezca la citada resolución de regulación de la fase de prácticas, de la evaluación final del aspirante, que se expresará en los términos “apto” o “no apto”. 
  • La evaluación de la fase de prácticas se realizará de forma que se garantice que los aspirantes poseen las capacidades didácticas necesarias para la docencia. En esta evaluación el profesor tutor y el funcionario en prácticas compartirán la responsabilidad sobre la programación de las enseñanzas de los alumnos de éste último. 
  • Asimismo se tendrá en cuenta la valoración de los cursos de formación que se hayan desarrollado. 
    • Los aspirantes que no superen la fase de prácticas (es decir, los que obtengan la calificación de “no apto”) podrán repetir la fase de prácticas en el curso escolar 2019/2020. Quienes sean declarados “no aptos” por segunda vez, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera. La pérdida de estos derechos será declarada por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa mediante resolución motivada


De acuerdo con esta base se publica la Resolución antes mencionada, que pasamos a analizar los puntos más interesantes e importantes:

1.- COMISIONES CALIFICADORAS
  • Ámbito provincial
    • Preside Inspector/a Jefe
    • Vocales:
      • Jefe/a de Personal
      • 1 Inspector/a de Educación
      • 2 Directores/as de IES
  • Constitución: 10 días desde 5 septiembre (hasta 19 de septiembre)
  • Nombra: Director/a Provincial
  • Funciones de la Comisión:
    • Nombramiento de tutores/as (Jefes/as de Departamento Didácticos o afines, o Catedráticos/as, si es Orientador/a de un centro próximo)
    • Organización actividades de formación e inserción profesional
    • Evaluación Plan de Trabajo

2.- FUNCIONES DEL PROFESOR/A TUTOR/A
  • Asesorar e informar sobre el trabajo a desarrollar en el centro educativo
  • Informar sobre organización y funcionamiento del centro, y órganos de gobierno, participación y coordinación
  • Información y asesoramiento sobre la programación didáctica y PEC
  • Evaluar y orientar sobre la actuación del funcionario/a en prácticas
  • Asistencia al menos a dos clases mensuales, y observación trabajo alumnos/as
  • Informe valoración y remisión a Comisión Calificadora

3.- ACTUACIONES DE LA COMISIÓN CALIFICADORA
  • Información sobre aspectos organizativos y pedagógicos fase prácticas
  • Actividades de inserción
    • Desarrollo actividades tuteladas por tutor/a (programación aula y evaluación alumnos), especialmente tutorías alumnos/as
    • Directores/as centro asignación horas complementarias preferentemente actividades inserción
  • Actividades formación OBLIGATORIA
    • Actividades específicas
    • Actividades oferta general
      • Didáctica materia
      • Temas educativos generales: estructura sistema educativo, elaboración PEC, evaluación y tutoría, atención a la diversidad
    • Prevención Riesgos Laborales (Ley 35/1995)
    • Mínimo 50 horas (30 prevención Riesgos Laborales, RD 39/1997)

4.- INFORME FINAL FUNCIONARIO/A PRÁCTICAS
  • Reflejo trabajo realizado
  • Valoración global prácticas
  • Dificultades y apoyos
  • Envío al final de las prácticas a la Comisión Calificadora

5.- EVALUACIÓN PERIODO PRÁCTICAS
  • Informe funcionario/a en prácticas
  • Informes
    • Profesor/a tutor/a satisfactorio / no satisfactorio
    • Director/a satisfactorio / no satisfactorio
    • Inspector/a de Educación 2 visitas y seguimiento
  • Calificación: APTO ó NO APTO
  • Actas por especialidades
  • No aptos incorporación 2019/2020

6.- DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS
  • 6 meses (Hasta 31/03/2019)
    • Si no han completado 6 meses hasta final período lectivo
    • Si maternidad o lactancia y han de interrumpir prácticas completan prácticas si certifican tres meses efectivos servicios a lo largo curso
  • Hasta final curso finalizada la fase de prácticas continuará como funcionario/a en prácticas

VER RESOLUCIÓN OFICIAL




Por otra parte, la Resolución de 20/09/2018 (DOCM de 27 de septiembre) por la que se publica el Plan de Inspección Educativa, establece una actuación prioritaria que lleva por objetivo la evaluación del profesorado en prácticas, como es tradicional y habitual tras la resolución de la fase de oposición a Cuerpos Docentes.

Actuación Prioritaria 1. Evaluación del profesorado en fase de prácticas para el ingreso en los cuerpos docentes. 

  • La Resolución de 03/09/2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes que han superado los procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, convocados por resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 07/03/2018, turnos de ingreso libre y personas con discapacidad, en el apartado cuarto, establece que para la evaluación de los funcionarios en prácticas, el Presidente de la Comisión Calificadora recabará informe del Inspector de Educación designado para la supervisión del funcionario en prácticas. 
    • Asimismo recoge que para la elaboración de dicho informe el Inspector visitará el centro donde se encuentra prestando servicios y realizará un seguimiento del funcionario en prácticas. El Inspector realizará las visitas que estime oportunas con el mínimo de dos durante todo el periodo de prácticas
    • El informe del Inspector se añadirá a los del Director y Profesor tutor para que, junto con el informe  final realizado por el funcionario en prácticas, sirvan para la evaluación que debe hacer la Comisión Calificadora. 
    • Dado el elevado número de funcionarios y funcionarias que en el presente curso se encuentran realizando la fase de prácticas en centros educativos de Castilla-La Mancha, se cree necesario diseñar una actuación prioritaria que garantice el adecuado seguimiento de la práctica docente del profesorado, de manera que sirva para fundamentar de forma objetiva el informe de evaluación que ha de emitir el Inspector o Inspectora de Educación a la finalización del periodo de prácticas. 
    • El Inspector o Inspectora realizará las correspondientes visitas a los centros educativos antes del 31 de marzo de 2019, fecha en la que, con carácter general, se da por concluida la fase de prácticas. 

Habitualmente la Actuación Prioritaria mencionada lleva un desarrollo de la Inspección General, que establece los procedimientos, modelos de Informe, y documentos para facilitar al Inspector que valore el trabajo que desarrolla el funcionario en prácticas. Estos documentos se refieren a diferentes instrumentos habituales en la práctica inspectora: 1) observación del funcionario en prácticas en el aula, 2) análisis documental de la programación didáctica del profesor o profesora, y 3) entrevista con el funcionario en prácticas, el tutor o tutora del mismo (que ha de hacer un informe específico), y el equipo directivo (que ha de hacer otro informe). El informe para la observación en el aula ha de tener como referencia la Resolución de 5 de diciembre de 2008 (DOCM de 25 de diciembre), aunque habitualmente es adaptado.

Se evalúan siempre dos ámbitos (participación en la organización y funcionamiento del centro, y el desarrollo del proceso de enseñanza - aprendizaje en el aula). Evidentemente dentro del ámbito de la participación en la organización y funcionamiento del centro, se valora diferente el ejercicio de la jefatura de departamento que el de una profesor sin cargo, por eso reflejamos las dos condiciones posibles. En el ámbito de organización y funcionamiento del centro se valora las tareas de responsabilidad respecto a su posible cargo, la participación en proyectos del centro y gestión de los recursos comunes, o el fomento de la convivencia. En cuanto al desarrollo de las funciones docentes se valoran como dimensiones: 1) la elaboración y desarrollo de la Programación Didáctica, 2) la gestión de los procesos del aula, 3) la evaluación de los aprendizajes del alumnado, y 4) la evaluación del propio ejercicio profesional del docente.

A.1.- Para docentes que no son componentes del equipo directivo, pero desempeñan las funciones de coordinador de ciclo o jefe de departamento) (entre 0 y 4 puntos). 
  • Dimensión I.1. El desarrollo de las tareas propias de su responsabilidad en el ciclo o departamento didáctico y la coordinación de los procesos de enseñanza-aprendizaje, tutoría, etc., que se desarrollan en el centro (máximo 2,50 puntos). Indicadores 
    • 1. Elabora, coordina y evalúa la Programación Didáctica. 
    • 2. Formula propuestas sobre la Programación General Anual, coordina y evalúa su desarrollo y redacta la Memoria. 
    • 3. Participa en la Comisión de Coordinación Pedagógica. 
    • 4. Convoca las reuniones del ciclo o departamento y favorece el trabajo en equipo de los miembros del mismo. 
    • 5. Mantiene actualizada la documentación del ciclo o departamento, organiza los materiales y recursos necesarios y planifica su uso. 
    • 6. Coordina la intervención de los apoyos y refuerzos que recibe el alumnado y organiza la transmisión de la información que se debe dar al alumnado en relación con la programación y las actividades del departamento. 
    • 7. Coordina la intervención de los especialistas que intervienen el ciclo y, en su caso, coordina los procedimientos de reclamación de calificaciones y realiza las convocatorias de materias o módulos pendientes y de las pruebas extraordinarias. 
    • 8. Participa en los procesos de evaluación que se desarrollan en el centro. 
    • 9. Participa en los procesos de evaluación de la práctica docente. 
  • Dimensión I.2. La organización o la participación en proyectos del centro que faciliten el desarrollo de la educación en valores, la convivencia, interculturalidad y principios democráticos, así como la organización y gestión de la biblioteca, de los medios y recursos audiovisuales y la responsabilidad en el desarrollo de actividades extracurrículares y complementarias (máxima 1 punto) Indicadores 
    • 1. Colabora en la elaboración, coordinación y evaluación de proyectos y actividades en los que se desarrollan contenidos relacionados con la educación en valores, convivencia, interculturalidad, la educación para la conservación del medio ambiente, para la salud, los principios democráticos... 
    • 2. Participa en la organización de los medios y recursos audiovisuales o informáticos del centro 
    • 3. Participación en las actividades la biblioteca. 
    • 4. Participa, coordina y evalúa actividades complementarias que se desarrollan en el centro. 
    • 5. Participa, coordina y evalúa actividades extracurriculares que se desarrollan en el centro. 
  • Dimensión I.3. La implicación en el fomento de la convivencia y la resolución de conflictos y el impulso de la participación del alumnado y las familias en las actividades generales del centro (máxima 0,5 puntos). Indicadores 
    • 1. Desarrolla estrategias para favorecer la convivencia: normas de convivencia en el aula y centro. 
    • 2. Actúa como mediador/a en los conflictos surgidos y participa en comisiones de convivencia, instrucción de expedientes, etc. 
    • 3. Participa en actividades o programas para favorecer la convivencia en el centro. 
    • 4. Participa en las actividades dirigidas a los padres y madres para contribuir a su propia formación (escuelas de padres y madres, etc.), y procurar su participación en el centro. 

A.2.- Para tutores y docentes sin cargo (entre 0 y 4 puntos).
  • Dimensión I.1. El desarrollo de las tareas propias de su responsabilidad en el ciclo o departamento didáctico y la coordinación de los procesos de enseñanza-aprendizaje, tutoría, etc., que se desarrollan en el centro. (máximo 2,50 puntos). Indicadores 
    • 1. Facilita la integración del alumnado y fomenta su participación en las actividades del centro. 
    • 2. Orienta y asesora al alumnado y analiza con los demás docentes las dificultades y logros escolares de los mismos, sus posibles causas y soluciones. 
    • 3. Colabora con el equipo de orientación y apoyo del colegio o con el departamento de orientación del instituto. 
    • 4. Informa a las familias, alumnado y otros docentes sobre las actividades y el rendimiento académico. 
    • 5. Favorece el trabajo en equipo. 
    • 6. Participa en los procesos de evaluación interna que se desarrollan en el centro 
    • 7. Participa en los procesos de evaluación de la práctica docente 
    • 8. Participa en actividades de innovación o formación. 
  • Dimensión I.2. La organización o la participación en proyectos del centro que faciliten el desarrollo de la educación en valores, la convivencia, interculturalidad y principios democráticos, así como la organización y gestión de la biblioteca, de los medios y recursos audiovisuales y la responsabilidad en el desarrollo de actividades extracurrículares y complementarias (máxima 1 punto) Indicadores 
    • 1. Colabora en la elaboración, coordinación y evaluación de proyectos y actividades en los que se desarrollan contenidos relacionados con la educación en valores, convivencia, interculturalidad, la educación para la conservación del medio ambiente, para la salud, los principios democráticos... 
    • 2. Participa en la organización de los medios y recursos audiovisuales o informáticos del centro 
    • 3. Participación en las actividades la biblioteca. 
    • 4. Participa, coordina y evalúa actividades complementarias que se desarrollan en el centro. 
    • 5. Participa, coordina y evalúa actividades extracurriculares que se desarrollan en el centro. 
  • Dimensión I.3. La implicación en el fomento de la convivencia y la resolución de conflictos y el impulso de la participación del alumnado y las familias en las actividades generales del centro (máxima 0,5 puntos). Indicadores 
    • 1. Desarrolla estrategias para favorecer la convivencia: normas de convivencia en el aula y centro. 
    • 2. Actúa como mediador/a en los conflictos surgidos y participa en comisiones de convivencia, instrucción de expedientes, etc. 
    • 3. Participa en actividades o programas para favorecer la convivencia en el centro. 
    • 4. Participa en las actividades dirigidas a los padres y madres para contribuir a su propia formación (escuelas de padres y madres, etc.), y procurar su participación en el centro.


B.- Ámbito II. Programación y desarrollo de la práctica profesional docente o funciones de asesoramiento específico. B.1. Para docentes no directivos (entre 0 y 6 puntos) 
  • Dimensión II.1. Elaboración de la Programación didáctica (máximo 1,50 puntos) Indicadores 
    • 1. Adapta los objetivos a las características del alumnado, a las competencias básicas que debe alcanzar y al entorno del centro docente 
    • 2. Distribuye adecuadamente los contenidos mediante secuencias a lo largo del curso. 
    • 3. Prevé el tratamiento de contenidos acordes con el PEC, relacionados con la salud, convivencia, interculturalidad, cuidado del medio ambiente, etc. 
    • 4. Establece criterios de evaluación y calificación coherentes con los objetivos y contenidos previstos. 
    • 5. Define aspectos básicos de metodología para orientar el trabajo en el aula. 
    • 6. Diseña estrategias para dar una respuesta adecuada a la diversidad 
  • Dimensión II.2. Desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje en el aula: (Máximo 2,40 puntos). Indicadores 
    • 1. El docente hace una presentación del tema para motivar al alumnado hacia el estudio de los contenidos propuestos y utiliza estrategias para descubrir sus conocimientos previos. 
    • 2. Utiliza un discurso en el aula para desarrollar el proceso de enseñanza y aprendizaje que estimula y mantiene el interés del alumnado hacia el tema objeto de estudio. 
    • 3. El alumnado participa en las actividades que se realizan en el aula, aportando sus opiniones, formulando preguntas, etc 
    • 4. El alumnado utiliza procedimientos para buscar y analizar información 
    • 5. El alumnado utiliza procedimientos para revisar y consolidar lo aprendido, y lo contrasta con los demás. 
    • 6. El alumnado realiza actividades de recuperación y refuerzo, de enriquecimiento y ampliación 
    • 7. El alumnado trabaja en agrupamientos diversos para acometer actividades de distintos tipos: trabajo individual, en grupo, cooperativo, de investigación, etc. 
    • 8. El alumnado utiliza además del libro de texto, otros materiales didácticos (libros de consulta, prensa, T.I.C., etc.) para sus aprendizajes 
  • Dimensión II. 3. La evaluación del alumnado (máximo 1,5 puntos). Indicadores 
    • 1. Realiza la evaluación inicial para obtener información sobre los conocimientos previos, destrezas y actitudes del alumnado, la evaluación del progreso de los aprendizajes a lo largo de la unidad didáctica y la evaluación final de los mismos.
    • 2. Utiliza instrumentos variados para evaluar los distintos aprendizajes, coherentes con los criterios de evaluación definidos en la programación y con las competencias que debe alcanzar el alumnado. 
    • 3. Registra las observaciones realizadas en las distintas etapas del proceso de evaluación (correcciones de trabajos, resultados de pruebas, dificultades y logros del alumnado, actitudes ante el aprendizaje, …). 
    • 4. Favorece el desarrollo de estrategias de autoevaluación y coevaluación en el alumnado para analizar sus propios aprendizajes  
  • Dimensión II.4. Evaluación del proceso de enseñanza (Máximo 0,6 puntos). Indicadores 
    • 1. Evalúa y registra el seguimiento de su propia actuación en el desarrollo de las clases (diario de clase, cuaderno de notas o registro de observación,...). 
    • 2. Realiza una coevaluación de su propia actuación como docente.


Los consejos para un adecuado desarrollo del proceso de prácticas serían:
  • PLANIFICAR LAS UNIDADES DIDÁCTICAS PARTIENDO DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA CORRESPONDIENTE.
  • INCLUIR EN TODAS LAS UNIDADES DIDÁCTICAS
    • ACTIVIDADES DE DETECCIÓN DE CONOCIMIENTOS PREVIOS
    • DIFERENTES AGRUPAMIENTOS EN EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
    • ACTIVIDADES ORALES, ESCRITAS, GRÁFICAS (MURALES)
    • INCLUIR ACTIVIDADES PRÁCTICAS Y DE ACTUALIDAD: POR EJEMPLO, EN PRENSA LECTURA, SÍNTESIS, BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN ADICIONAL, PREVISIÓN DE CONTINUIDAD DE LA NOTICIA CON CAMBIOS EN EL CONTEXTO
    • INCLUIR ACTIVIDADES QUE TENGAN COMO REFERENCIA EL CONTEXTO CERCANO
    • INCLUIR ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS (SALIDAS AL ENTORNO, TRABAJO EN EQUIPOS EN TIEMPO NO LECTIVO ACUDIENDO A INSTITUCIONES DEL ENTORNO)
  • RECOGER ACTIVIDADES DEL ALUMNADO EN UN PORTFOLIO (TODAS LAS ACTIVIDADES QUE REALICEN DIARIAMENTE O AL FINAL DEL DESARROLLO DE UNA ACTIVIDAD SE RECOGEN PARA ANALIZARLAS POSTERIORMENTE EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN).
  • LAS ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN NO DEBEN SER ÚNICAMENTE PRUEBAS ESCRITAS.
  • ES IMPORTANTE QUE EN LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA SE RECOJA CLARAMENTE LA RELACIÓN ENTRE ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE (PONDERADOS) Y CRITERIOS DE CALIFICACIÓN (PUEDEN SER DIFERENTES TRIMESTRAL O ANUALMENTE).
  • RECOGER ESTRATEGIAS DE AUTOEVALUACIÓN (QUE INDIQUE EL ALUMNADO LA APRECIACIÓN DEL GRADO DE DESARROLLO DE ESTÁNDARES TRABAJADOS MOTIVANDO SU DECISIÓN).
  • ESTABLECER PLANES DE RECUPERACIÓN DEL ALUMNADO TRAS LA EVALUACIÓN DEL MISMO, RECOGIENDO ÚNICAMENTE LOS ESTÁNDARES NO SUPERADOS, Y SI ES POSIBLE APLICANDO OTROS INSTRUMENTOS O AÑADIENDO OTROS INSTRUMENTOS A AQUEL QUE HAYA MOTIVADO LA NO SUPERACIÓN DE LOS ESTÁNDARES.
  • PREVER INSTRUMENTOS PARA EVALUAR LA PROPIA PRÁCTICA DOCENTE
    • DESARROLLO DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA
    • IDONEIDAD Y DOMINIO METODOLÓGICO
    • PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
    • ADECUACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
    • PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO Y LAS FAMILIAS
  • LLEVAR UN DIARIO DE ANOTACIONES QUE SIRVAN PARA LA MEMORIA FINAL.
  • COMENTAR CON EL TUTOR LAS DIFICULTADES QUE SURJAN.







IMPORTANTE PARA FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS: CONCURSO TRASLADOS
  • Bianual nacional y bianual regional
  • 2018 Anual
  • Participación forzosa
    • h) Aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que no han completado o superado la fase de prácticas y se encuentran nombrados en prácticas en el curso 2017/2018. 
    • Estos participantes están obligados a obtener su primer destino definitivo en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A tal efecto deberán solicitar destino en centros del ámbito de gestión señalado anteriormente.  RD 1634/2010 art. 11 obliga a estar dos cursos en destino definitivo concedido antes de concursar voluntariamente.
    • Aquellos participantes que hubieran sido seleccionados por más de una especialidad, participarán por aquella especialidad en la que estén realizando la fase de prácticas. 
    • En el supuesto de que se les hubiera concedido prórroga para la realización de la fase de prácticas en todas las especialidades en las que resultó seleccionado se estará, a efectos de determinar la especialidad de participación, a la opción que realice el interesado en su instancia de participación. En caso de no manifestar esta opción se entenderá que opta por la especialidad que tenga un código más bajo. 
    • A aquellos profesores que debiendo participar no concursen o, participando, no soliciten suficiente número de centros, se les adjudicará libremente destino definitivo en plazas correspondientes a la especialidad por la que participen o debieran participar en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Estos participantes deberán cumplimentar la parte de la solicitud de participación relativa a adjudicación de oficio, señalando, en el apartado correspondiente de la solicitud, la provincia o provincias de su preferencia a estos efectos. 
    • La adjudicación de destino se hará teniendo en cuenta el orden con el que figuren en la resolución por la que se les haya nombrado funcionarios en prácticas. En el caso de las personas que accedieron por el turno independiente de discapacitados se integrarán junto con los del turno libre por orden de la puntuación obtenida en el proceso selectivo.
    • En el caso de no obtener destino definitivo quedarán en situación de destino provisional en la provincia y especialidad en que les haya correspondido prestar servicios en el curso 2017/2018 como funcionarios en prácticas, salvo que ejerciten y obtengan la opción a que se refiere el apartado 4 de esta base. 
    • La toma de posesión del destino que pudiera corresponderles en el presente concurso de traslados estará condicionada a la superación de la fase de prácticas y nombramiento como funcionarios de carrera. 
    • En el caso de los funcionarios que tengan aplazada la fase de prácticas o hayan interrumpido las mismas sin poder finalizarlas o sean declarados “no aptos” en dicha fase, si obtuvieran destino definitivo éste les será anulado, debiendo asignárseles de nuevo destino en prácticas y estando en la obligación de participar en el siguiente concurso de traslados que se convoque.
    • 3. En ningún caso, se adjudicarán con carácter forzoso las plazas correspondientes a: 
      • Las unidades de orientación que se relacionan en el anexo II b), los centros de Educación Infantil y Primaria relacionados en el anexo II b.1) y centros de Educación Especial relacionados en el anexo II d). 
      • Centros de Educación Permanente de adultos que se relacionan en el anexo II 
      • c). - Unidades de Formación Profesional Especial que se relacionan en el anexo II 
      • d). - Plazas de profesores de apoyo en los departamentos de orientación de los institutos de Educación Secundaria que se indican en el anexo II a).
      • Plazas de Cultura Clásica. 
      • Plazas correspondientes al convenio con “The British Council”. 
      • Plazas consideradas bilingües, pertenecientes a centros participantes en los programas lingüísticos creados en virtud del Decreto 7/2014, de 22 de enero, por el que se regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla-La Mancha. 
    • 4. En previsión de que a través del presente concurso no se obtuviera destino definitivo, aquellos concursantes que deseen prestar servicios con carácter provisional en una provincia del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha distinta de aquélla en la que hayan prestado servicios en el presente curso 2017/2018, deberán hacerlo constar en la solicitud de participación.  Para ello, deberán consignar, en el apartado correspondiente de la instancia de participación, el código de la provincia donde desearían, en su caso, desempeñar su función docente con carácter provisional durante el curso 2017/2018, teniendo en cuenta que el número de posibles cambios en cada provincia será determinado por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a propuesta de las direcciones provinciales de dicha Consejería, de acuerdo con las necesidades derivadas de la planificación educativa.
    • 2.1. Plazas de Apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales. Podrán optar a estas plazas aquellos que sean titulares de alguna de las siguientes especialidades: Lengua Castellana y Literatura, Geografía e Historia, Filosofía, Alemán, Francés, Griego, Inglés, Italiano, Latín y Portugués. 
    • 2.2. Plazas de Apoyo al área Científica o Tecnológica. Podrán optar a estas plazas aquellos que sean titulares de algunas de las especialidades siguientes: Biología y Geología, Física y Química, Matemáticas, Tecnología, Informática, Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, Sistemas Electrónicos, Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos, Construcciones Civiles y Edificación, Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos, Análisis y Química Industrial, Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel, Procesos y Productos en Madera y Mueble, Procesos y Medios de Comunicación, Procesos de Producción Agraria, Procesos y Productos en Artes Gráficas y Tecnología Minera. 
    • 3. Plazas de Cultura Clásica. Tienen esta denominación aquellas plazas a cuyos titulares se les confiere, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional décima del Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, la atribución docente correspondiente a las especialidades de Latín y Griego. Estas plazas aparecerán convenientemente diferenciadas en la plantilla del centro, y podrán ser solicitadas, indistintamente, por los Catedráticos de Enseñanza Secundaria y los Profesores de Enseñanza Secundaria titulares de alguna de las dos especialidades citadas. El funcionario o funcionaria que acceda a ellas viene obligado a impartir tanto las materias atribuidas a la especialidad de Griego como a la de Latín.
    • 4. Plazas de ámbito correspondientes a las enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas. Estas plazas podrán tener carácter itinerante. No obstante, estas plazas se ofertan como ordinarias y deben solicitarse como ordinarias, es decir, en ningún caso al solicitarlas debe rellenarse la marca de itinerancia que figura en la solicitud. El ámbito de itinerancia de estas plazas se corresponderá con el ámbito territorial que constituye cada zona de Educación de Personas Adultas, determinado en el anexo I de la Orden de 30/01/2006 (DOCM de 9 de febrero), de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establece la red de centros educativos de personas adultas de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (modificada por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 19/01/2010), así como en las actualizaciones que con posterioridad se han ido realizando al mencionado anexo I de la Orden de 30/01/2006. 
    • 4.1. Ámbito de comunicación Inglés (código 811).- Podrán solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de la especialidad de Inglés. Los profesores y profesoras que obtengan destino en este ámbito impartirán además la materia de Lengua castellana y Literatura, siempre que la organización de las enseñanzas así lo requiera. 
    • 4.2. Ámbito de comunicación: Lengua castellana y Literatura (código 812).- Podrán solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura. 4.3. Ámbito de Conocimiento Social (código 814).- Podrán solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de la especialidad de Geografía e Historia. 
    • 4.4. Ámbito Científico-Tecnológico (código 815).- Podrán solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de alguna de las siguientes especialidades: Matemáticas, Física y Química, Biología y Geología, Tecnología e Informática. En consonancia con la variedad y flexibilidad de la oferta educativa de la educación de personas adultas, para completar su horario lectivo el profesorado deberá asumir también, de acuerdo con su titulación o capacitación, la impartición en otros programas formativos regulados dentro del marco general establecido en la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
    • PLAZAS BILINGÜES ACREDITANDO NIVEL COMPETENCIA PARA IMPARTIR DNL
  • Fechas a tener en cuenta
    • Publicación convocatoria: final octubre o principios de noviembre
    • Solicitud: hasta final de noviembre
    • Publicación baremo provisional: principio febrero (5 días reclamaciones)
    • Publicación vacantes provisionales Maestros: mitad febrero
    • Adjudicación provisional: principios de marzo
    • Publicación vacantes definitivas Maestros: principios abril
    • Adjudicación definitiva: mediados de mayo

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